Exenciones de contribuciones sociales

A partir de la Reforma Previsional de fines de 2017 y la postergación de la edad de intimación por parte del empleador hasta los 70 años del trabajador que tenga además 30 años de servicios con aportes, se generarán ahorros en los costos laborales a partir de los 65 años del trabajador y 60 años de la trabajadora. A continuación, verás cómo proceder.

Intimación al Trabajador para iniciar Trámites Previsionales

Dos requisitos ineludibles deben cumplirse:

  1. Que el trabajador tenga 70 años cumplidos.

  2. Que el trabajador cuente al menos con 30 años de servicios con aportes.

Si se cumplen los requisitos, el empleador podrá intimar al trabajador para iniciar su trámite de jubilación, extendiendo la Certificación de Servicios y Remuneraciones correspondiente.

A partir de ese momento, el empleador deberá mantener la relación laboral hasta que el trabajador obtenga el beneficio de jubilación y por un plazo máximo de 1 año.

Obtenido el beneficio o vencido el plazo de 1 año, lo que ocurra primero, el contrato de trabajo quedará extinguido sin obligación del pago de indemnización.

Facultades del Empleador Referentes a las Contribuciones Patronales

A partir de que el trabajador reúna los requisitos necesarios para acceder a su beneficio de jubilación (30 años de aportes mínimos y 65/60 años según el género), el empleador deberá ingresar los aportes del trabajador y las contribuciones patronales que correspondan solo a Obra Social y ART.
(Esto no aplica a trabajadores del Sector Público, aunque su situación laboral se rija por la Ley de Contrato de Trabajo).

Condiciones para la exención de contribuciones patronales

  • 65 / 60 años de edad según se trate de mujer u hombre.

  • 30 años de servicios con aportes en SIPA u otros regímenes previsionales comprendidos en el sistema de reciprocidad nacional o internacional. (Los servicios comprendidos en otros sistemas previsionales deben estar formalmente acreditados por la Caja o Entidad que sea competente).

  • Se tendrá en consideración el exceso de edad en caso de no reunir 30 años de servicios con aportes.

  • La exención de realizar contribuciones patronales regirá hasta que el personal vinculado con la misma cumpla los 70 años de edad y pueda ser intimado.

Gestión Recomendada para Empresas para la Generación de Ahorro en los Costos Laborales

ANSES emite constancia de aportes para que el empleador pueda proceder a beneficiarse con la eximición de contribuciones patronales previsionales con la debida fundamentación.

Los profesionales expertos de WEISZ, Wealth & Retirement, actúan como apoderados ante ANSES de cada uno de esos trabajadores para tramitar dicha constancia.

Esta gestión no afecta ni impacta en el futuro previsional de los trabajadores ni en su relación laboral actual.

Si la certificación no acredita 30 años de aportes, recomendamos utilizar esta información en favor del empleado para colaborar a documentar el faltante y volver a presentarlo. Siempre serán pasos en favor de su futura jubilación.

Consultas: anamaria.weisz@amweizs.com.ar

crossmenu